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Sección Consular
Bienvenidos
al sitio de la Sección Consular de la Embajada de la República Argentina
en el Reino de los Países Bajos
Visa Visas transitorias Visas temporarias Visas permanentes
Pasaportes Voto Programas Enlaces
Dirección:
Javastraat 20
2585 AN Den Haag
Teléfonos:
(070) 311 84 22
(070) 311
84 23
Fax: (070) 311 84 10
Correo electrónico: argentina@xs4all.nl
Celular del funcionario de guardia:
(06) 2125 8738
Atención al público
La Sección Consular de la Embajada de la República Argentina
en el Reino de los Países Bajos con sede en la ciudad de La Haya
atiende al público todos los días hábiles de lunes
a viernes de 9.00 a 14.00 horas. Durante el mes de agosto la atención al público será de 9.00 a 13:00 horas.
Consultas telefónicas
pueden ser atendidas hasta las 17.00 horas (menos en agosto). Después de las 17.00
horas y durante los fines de semana o días feriados -en casos
de suma urgencia- es posible comunicarse con el funcionario de guardia.
Circunscripción:
La circunscripción de esta oficina consular abarca todo el territorio
del Reino de los Países Bajos.
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Visa
Se informa que debido a una
actualización de la normativa migratoria en la República Argentina,
el presente sitio se encuentra en construcción. Para solicitudes de visa, se
recomienda tomar contacto con la Sección Consular
al número de teléfono 070-3118423 con una antelación de al menos veinte (20) días
Pasaportes
Los trámites relacionados con pasaportes argentinos son
de carácter personal y requieren que interesados se pongan
en contacto con la oficina consular correspondiente para concertar
una cita.
Aviso
importante: Se pone en conocimiento de los ciudadanos extranjeros
titulares de pasaportes argentinos (mujer extranjera, esposa o viuda
de ciudadano argentino y menores de dieciocho años nacidos en
el exterior hijos de padre o madre argentinos) que ingresen al territorio
nacional en forma transitoria munidos de pasaporte consular argentino
y que no cuenten con Documento Nacional de Identidad ni tengan residencia
legal en la República, se verán impedidos de completar
el trámite de reválida de pasaporte ante la Policía
Federal Argentina. En caso de viajar a la República, deberán
hacerlo con el pasaporte de su nacionalidad de origen.
Quiénes tienen derecho a solicitar un pasaporte ordinario
argentino?
- los argentinos nativos o por opción y los naturalizados
- los menores de 18 años nacidos en el exterior hijos o hijos
adoptivos de padre y/o madre argentinos (la validez de estos pasaportes
se extenderá hasta la fecha en que su titular cumpla los 18 años)
- las mujeres extranjeras esposas o viudas de ciudadanos argentinos
Quiénes otorgan pasaporte argentino?
- en la Argentina: la Policía Federal Argentina
- en el exterior: las oficinas consulares de la República
Argentina
Validez de los pasaportes
DECRETO 203/2005, VIGENCIA
DE LOS PASAPORTES ARGENTINOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR POR LAS AUTORIDADES
CONSULARES :
"Bs.
As., 11/3/2005
VISTO el Reglamento de Documentos de Identidad y de Viaje aprobado por
el Decreto N 2015 del 23 de marzo de 1966 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que
por el artículo 16 del citado Reglamento se establece que la
vigencia de los pasaportes argentinos otorgados en el exterior por las
autoridades consulares de la República Argentina, es de CINCO
(5) años, renovables en el extranjero por igual período,
tantas veces como sea necesario y el estado de los mismos lo permita.
Que,
por su parte, el artículo 17 de dicha norma establece que la
vigencia de los mencionados pasaportes caduca automáticamente
al ingresar su titular a la República Argentina, debiendo para
su posterior utilización, ser revalidados por la Policía
Federal.
Que
esta disposición coloca a los residentes argentinos en el extranjero,
en la obligación de realizar trámites de reválida,
ni bien ingresan a territorio argentino.
Que
este hecho ocasiona un dispendio de tiempo para los argentinos que vienen
al país por un breve lapso, provocándoles trastornos al
verse obligados a realizar trámites engorrosos e innecesarios.
Que,
a fin de evitar estas complicaciones, resulta necesario reconsiderar
la vigencia de los pasaportes argentinos otorgados en el exterior por
las autoridades consulares de nuestro país en el caso de que
sus titulares ingresen a la REPUBLICA ARGENTINA.
Que
la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR,
ha tomado la intervención de su competencia.
Que
la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 99, inciso 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por
ello,
EL
PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 - Derogase el artículo 17 del Reglamento de
Documentos de Identidad y de Viaje aprobado por el Decreto No. 2015
de fecha 23 de marzo de 1966 y sus modificatorios.
Art.
2 - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER.
Alberto A. Fernández. Aníbal D. Fernández."
Ingreso
y regreso a la República de un ciudadano argentino con pasaporte
de otro país
Resolución DNM 2578/91
Los argentinos nativos nacionalizados en países con los que la
República Argentina no tiene suscrito convenios de doble nacionalidad
pueden egresar del territorio de nuestro país con documento de
su nueva nacionalidad siempre que su permanencia en el mismo no haya
superado los sesenta días corridos.
Lo anterior se aplica también a los argentinos naturalizados
que hubieren adquirido la nacionalidad de un país con el cual
la República tiene o no convenio de doble nacionalidad.
*) en el caso de Israel por Disposición DNM Nº 33/94 el
plazo de 60 días se extiende a 180 días para los argentinos
naturalizados en Israel
Convenios de doble nacionalidad y otros
Utilización de pasaportes de países con los que la Argentina
tiene convenios de doble nacionalidad (España,
Italia, Suecia y Noruega) o signatarios de la Convención de
Río de Janeiro de 1906 (Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador,
Honduras, Nicaragua y Panamá):
En este caso, si la persona con doble nacionalidad ha ingresado al país
como turista con su pasaporte extranjero, el límite de tiempo
para egresar con el mismo documento de viaje lo establece su categoría
migratoria (tres meses).
PRORROGA
Puede solicitarse una prórroga cuando el período de vigencia
del pasaporte esté vencido o por vencer.
Requisitos:
- Pasaporte argentino a prorrogar.
- D.N.I., L.C. o L.E.
- 3 fotos (4x4, color, fondo celeste, ¾ perfil
derecho)
- pago del arancel consular correspondiente. (aproximadamente 30 dólares).
*) los menores de 21 años deberán concurrir con
su DNI actualizado y acompañados por las personas que ejercen
la patria potestad debidamente identificados o contar con la autorización
legal otorgada por los mismos.
**) la mujer extranjera debe concurrir acompañada por
su cónyuge argentino o contar con su autorización legal
a los efectos de registrar su consentimiento y presentar la correspondiente
partida de matrimonio debidamente legalizada.
RENOVACION
Corresponde renovar un pasaporte por alguna de las siguientes causas:
a) cambio de aspecto físico
b) cambio de estado civil
c) deterioro del documento de viaje
d) falta de fojas útiles
Requisitos:
- Pasaporte argentino a renovarse
- D.N.I., L.C. o L.E.
- 4 fotos (4x4, blanco y negro o color fondo celeste, ¾ perfil
derecho)
- pago del arancel consular correspondiente. (aproximadamente 60 dólares)
ATENCION: Cuando la renovación se solicita por cambio de estado
civil el recurrente deberá presentar la correspondiente partida
(matrimonio o defunción, según el caso) o bien la sentencia
de divorcio, debidamente legalizada.
*) los menores de 21 años deberán concurrir con
su DNI actualizado y acompañados por las personas que ejercen
la patria potestad debidamente identificados o contar con la autorización
legal otorgada por los mismos.
**) la mujer extranjera debe concurrir acompañada por
su cónyuge argentino o contar con su autorización legal
a los efectos de registrar su consentimiento y presentar la correspondiente
partida de matrimonio debidamente legalizada.
EXPEDICION
Corresponde expedir un pasaporte en los siguientes casos:
a) cuando el mismo se otorga por primera vez
b) cuando el pasaporte anterior fue sustraído
c) cuando el pasaporte anterior fue extraviado
NOTA: Cuando el pasaporte se otorga en el exterior y por primera vez,
el mismo debe tramitarse ante la oficina consular correspondiente al
domicilio del recurrente.
Requisitos:
- D.N.I., L.C. o L.E.
- 4 fotos (4x4, blanco y negro o color fondo celeste, ¾ perfil
derecho)
- pago del arancel consular correspondiente. (aproximadamente 60 dólares).
ATENCION: Cuando la expedición de un pasaporte se deba al extravío
o sustracción del anterior documento de viaje, el solicitante
deberá presentar además una constancia de la correspondiente
denuncia efectuada por ante la policía local.
*) los menores de 21 años deberán concurrir con
su DNI actualizado y acompañados por las personas que ejercen
la patria potestad debidamente identificados o contar con la autorización
legal otorgada por los mismos.
**) la mujer extranjera debe concurrir acompañada por
su cónyuge argentino o contar con su autorización legal
a los efectos de registrar su consentimiento y presentar la correspondiente
partida de matrimonio debidamente legalizada.
Voto en el
Exterior
ELECCIONES 2009
El Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto
230/2009 ha convocado al electorado de la Nación Argentina
a la celebración de Elecciones Nacionales el día 28 de junio de 2009. En esa
oportunidad, se procederá a la elección de SENADORES Y DIPUTADOS según
corresponda a cada distrito.
Los ciudadanos argentinos con domicilio declarado en
los Países Bajos e inscriptos en el Registro de Electores Residentes en el
Exterior de la
Sección Consular en La Haya, podrán votar concurriendo con su Documento
Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento a la oficinas
en Javastraat 20, 2585AN, La Haya,
el domingo 28 de junio de 2009, en el horario de 08.00 a 18.00 horas.
Para los ciudadanos residentes que no se encuentren
inscriptos en el Registro de Electores Residentes en el Exterior y no hayan
registrado el cambio de domicilio en su documento, como así también para
quienes se encuentren incidentalmente en los Países Bajos, se habilitará en ese
mismo lugar, día y hora, una mesa para justificación de la no emisión del voto
a cuyo efecto deberán concurrir con los documentos indicados o con pasaporte.
Para mayor información, se pueden consultar los
siguientes sitios web:
Cámara Nacional Electoral: www.pjn.gov.ar
Consulta del Padrón: www.pjn.gov.ar/consulta
***
A partir de la Ley 24.007/91 y su Decreto Reglamentario 1138/93, los
ciudadanos argentinos que se encuentren residiendo en el exterior pueden
intervenir en la vida política nacional mediante su participación en los
comicios nacionales que se realizan en la República.
Para poder ejercer
su derecho al voto, el ciudadano argentino residente en el
exterior deberá
presentarse en la sede Diplomática o Consular, a fin de:
* Efectuar el cambio de domicilio en su documento de identidad en la
jurisdicción consular correspondiente.
* Manifestar su voluntad de ser
incluido en el Registro de Electores Residentes
en el Exterior.
*
Completar el formulario de inscripción que contendrá los siguientes datos:
apellido y nombres, fecha y lugar de nacimiento, número y clase de documento
de
identidad, último domicilio en la República, domicilio en el exterior,
profesión, Embajada, Consulado General Consulado o Sección consular
correspondiente al domicilio.
Las Representaciones Diplomáticas y Consulares remiten semestralmente a
la
Cancillería, los listados con las novedades relacionadas a la
inscripción. La
Cámara Nacional Electoral procede entonces al ordenamiento
de los electores y a
la confección e impresión del Padrón Electoral, según
la cantidad de inscriptos
en cada Representación.
Todo ciudadano argentino que figure en el padrón y exhiba su documento de
identidad tiene el derecho a votar y nadie podrá cuestionarlo en el acto del
sufragio.
Programa Volver a
Trabajar:
Este programa a sido creado y administrado por la Cancillería Argentina,
como extensión del Programa Raices del Ministerio de Educación, el cual promueve
a nuestros compatriotas de altas calificaciones con interes en volver a la
Argentina y en busqueda de trabajo sumarce al sector privado nacional. Este
programa cuenta con 49 empresas en su haber.
Para mayor información:Volver a Trabajar
Unidad de trabajo y apoyo a los ex exiliados:
Se informa que esta disponible en el portal http://www.cancilleria.gov.ar/ en la
sección Relaciones Exteriores, información relativa al proyecto de ley de
reparación, leyes y decretos, formularios, preguntas frecuentes y otros temas
relacionados a la temática del exilio.
Plan Nacional Contra la Discriminación
Fue aprobado por Decreto Nacional N- 1086/2005 el 7 de septiembre pasado,
para obtener mayor información y ser consultado íntegramente visite el
sitio:www.plan-discriminacion.com.ar
Participación Social en la Cancillería Argentina
Se informa que el sitio web del "Consejo Consultivo de la sociedad Civil
(espacio de participación social en la Cancillería Argentina -CCSC) se encuentra
disponible en la pagina oficial correspondiente a este ministerio: http://www.cancilleria.gov.ar
Enlaces
INFORMACION SOBRE DIVERSOS TRAMITES CONSULARES
http://www.cancilleria.gov.ar/consulares/tramites/html
En esta página Ud. podrá encontrar información
sobre:
Legalizaciones
- Certificados de origen
- Otros documentos
Autenticación de Fotocopias Requisitos para ingresar armas de
caza a la Argentina Requisitos para ingresar animales domésticos
a la Argentina
Trámites relativos al Documento Nacional de Identidad
- Obtención del Original
- Actualización a los ocho (8) años
- Actualización a los dieciséis (16) años
- Duplicados
- Cambios de Domicilio Certificados
- de Supervivencia
- de Residencia en el Exterior
- de Antecedentes - otros
Venias de Viaje Actuaciones Notariales
Libro de Matrícula
Actos relativos al Estado Civil de las Personas
- Registros
- Opción de Ciudadanía
Voto de los ciudadanos argentinos en el exterior
INFORMACION SOBRE CUESTIONES ADUANERAS
http://www.afip.gov.ar/dga/faq/index.asp
En esta página Ud. podrá encontrar información
sobre:
Trámite para la Nacionalización de Vehículos
Normativa sobre el Régimen de Equipaje
Franquicias Diplomáticas Donaciones Teléfonos útiles.
- de Aptitud para el Matrimonio
 
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